Diagnóstico Empresarial MYPE — TB Academy | TB Consulting SAC
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Descubre en qué nivel real
cumples con la Ley 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo

Realiza este diagnóstico en 10 áreas de gestión de acuerdo con la Ley 29783 y recibe tu nivel de madurez en Seguridad y Salud en el Trabajo como un punto de partida para implementar o fortalecer tu sistema de Gestión.

25-30 minutos
Elaborado por TB Consulting

Paso 1 de 11

Datos de la empresa

Esta información nos ayuda a personalizar tu reporte de resultados.

Política y Liderazgo

Arts. 22–26 y 48 · Ley 29783

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. La alta dirección ha aprobado y firmado por escrito una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. La política es difundida y conocida por todos los trabajadores del centro de labores.

3. La política incluye el compromiso de cumplir la legislación vigente y de mejorar continuamente.

4. La gerencia participa de forma visible y activa en las actividades de seguridad y salud en el trabajo.

5. Se han asignado recursos económicos, humanos y de tiempo para implementar el sistema de gestión.

6. Existen objetivos y metas medibles de seguridad y salud, alineados a la política.

Organización: Comité o Supervisor

Arts. 29, 38–49 · Ley y Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Contamos con Comité de SST (20 o más trabajadores) o Supervisor de SST (menos de 20), elegido conforme a ley.

2. El Comité o Supervisor sesiona con la periodicidad establecida (mensual, y de forma extraordinaria si corresponde).

3. Existe un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, si la empresa tiene 20 o más trabajadores.

4. Las funciones y responsabilidades en SST están definidas para todos los niveles de la organización.

5. Los representantes de los trabajadores participan activamente en las decisiones sobre SST.

6. Se llevan actas y registros de las sesiones del Comité o de los acuerdos del Supervisor.

Planificación: IPERC y Programa Anual

Art. 57 · Ley — Arts. 77–82 · Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Contamos con una matriz IPERC (identificación de peligros, evaluación y control de riesgos) por puesto de trabajo.

2. El IPERC se actualiza al menos una vez al año o ante cambios en las condiciones de trabajo.

3. El IPERC se elaboró en consulta con los trabajadores y sus representantes.

4. Contamos con un mapa de riesgos exhibido en un lugar visible del centro de trabajo.

5. Tenemos un Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo con metas, responsables y plazos.

6. Las medidas de control siguen el orden de prioridad legal: eliminación, sustitución, controles de ingeniería, administrativos y, en último caso, EPP.

Capacitación y Competencias

Arts. 27 y 35 · Ley — Arts. 27–31 · Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Los trabajadores reciben inducción en SST al momento de la contratación, cualquiera sea la modalidad.

2. Se realizan como mínimo cuatro capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el trabajo.

3. Las capacitaciones se dictan dentro de la jornada laboral y sin costo alguno para el trabajador.

4. Existe un Plan Anual de Capacitaciones aprobado por el Comité o Supervisor de SST.

5. Se capacita al personal cuando cambia de puesto, función, tecnología o equipos de trabajo.

6. Se evalúa la comprensión y utilidad de las capacitaciones brindadas.

Medidas de Prevención y EPP

Arts. 21, 50 y 60 · Ley 29783

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Las medidas de prevención priorizan eliminar o sustituir el riesgo antes de recurrir al equipo de protección personal.

2. Los equipos de protección personal (EPP) son adecuados al riesgo y se entregan sin costo al trabajador.

3. Existen procedimientos escritos de trabajo seguro para las tareas de mayor riesgo.

4. Las zonas de riesgo grave están señalizadas, con acceso restringido solo a personal capacitado y protegido.

5. Se verifica periódicamente el estado y el uso correcto de los EPP y equipos de trabajo.

6. Los trabajadores pueden interrumpir su labor ante un peligro inminente, sin que ello genere sanción.

Salud Ocupacional y Vigilancia

Art. 49(d) · Ley — Arts. 101–103 · Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Se realizan exámenes médicos ocupacionales periódicos (al menos cada dos años), a cargo del empleador.

2. Para actividades de alto riesgo, se realizan exámenes médicos antes, durante y al término del vínculo laboral.

3. Los resultados de los exámenes médicos se entregan al trabajador de forma confidencial.

4. Se monitorean los agentes físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales del ambiente de trabajo.

5. Existen medidas específicas de protección para trabajadoras gestantes o en período de lactancia.

6. Se evalúan los riesgos que afectan la salud reproductiva y se protege a los adolescentes trabajadores, si aplica.

Preparación ante Emergencias

Art. 83 · Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Contamos con un plan de respuesta ante emergencias (incendio, sismo, derrame u otras propias del sector).

2. Se realizan simulacros periódicos de emergencia con participación de todo el personal.

3. Existen brigadas o personal designado y capacitado en primeros auxilios y evacuación.

4. Contamos con equipos de emergencia operativos: extintores, botiquines y señalización de rutas de evacuación.

5. Coordinamos con autoridades o servicios de emergencia externos cuando la situación lo amerita.

Registros y Documentación

Arts. 28 y 32–35 · Ley y Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Contamos con los registros obligatorios del SGSST (accidentes, exámenes médicos, monitoreo de agentes, inspecciones, estadísticas, equipos de emergencia, inducción y auditorías).

2. Los registros se conservan por los plazos legales establecidos (5, 10 o 20 años, según el tipo de registro).

3. La política, el IPERC y el Programa Anual están documentados y disponibles en el centro de trabajo.

4. Los trabajadores y sus representantes pueden consultar los registros del SGSST cuando lo requieren.

5. Utilizamos los formatos y registros simplificados previstos para la micro y pequeña empresa, si corresponde.

Investigación y Notificación

Arts. 42 y 82–94 · Ley 29783

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Todo accidente de trabajo, incidente peligroso o enfermedad ocupacional se investiga para identificar sus causas.

2. Los accidentes mortales e incidentes peligrosos se notifican al Ministerio de Trabajo dentro de las 24 horas de ocurridos.

3. Contamos con estadísticas actualizadas de accidentabilidad y enfermedades ocupacionales.

4. Las medidas correctivas que resultan de las investigaciones se implementan y se verifica su cumplimiento.

5. Se informa al Comité o Supervisor de SST y a los trabajadores los resultados de las investigaciones.

Evaluación, Auditoría y Mejora Continua

Arts. 40–47 · Ley — Arts. 85–91 · Reglamento

Indica en qué medida se cumple hoy cada punto en tu centro de trabajo.

1. Se supervisa y mide periódicamente el desempeño del SGSST mediante indicadores definidos.

2. Se realizan auditorías internas o externas del SGSST con la periodicidad que exige la norma.

3. La alta dirección revisa el SGSST al menos una vez al año.

4. Los resultados de auditorías y revisiones se traducen en planes de acción con responsables y plazos.

5. Existen mecanismos de reconocimiento y retroalimentación que fomentan la mejora continua en SST.